En estos días, ha salido en todos los medios y redes sociales, la conducta temeraria de un conductor en Murcia que ha sido grabado desde un teléfono móvil por el copiloto del coche al que intentaba cortar el paso. Este hecho ha vuelto a abrir el debate de si es legal el uso de las cámaras de vídeo que se instalan en el salpicadero del coche, más conocidas como DASHCAM.
Tenemos el ejemplo de Rusia, donde es obligatorio el uso de estas cámaras para acabar con los casos de corrupción policial y de falsos atropellos. De esta forma, cuando tienen un accidente, los agentes pueden recuperar las imágenes grabadas por estas cámaras y dar luz a lo sucedido. De forma paralela, los ciudadanos se sienten más seguros porque saben que todo lo que ocurre delante de su vehículo queda guardado.
La Ley de Protección de Datos (LOPD), modificada en 2006, establece que se necesita consentmiento expreso para grabar y difundir datos de carácter personal. En este caso, las matrículas de los vehículos tienen ese carácter y, por tanto, para que se considerara legal tendrías que bajarte del coche y conseguir que el conductor del vehículo infractor te diera sus datos.
Los límites son difusos, ya que no hay ninguna ley o normativa que regule el uso expreso de las Dashcam. Aunque la cámara esté instalada en un sitio privado, como es tu coche, estás quedándote con información privada de terceros sin su consentimiento. Sin embargo, algunos agentes de Tráfico llegan a admitir estos vídeos como prueba. En juicio, en cambio, lo más probable es que el juez los desestime como prueba porque vulneran el derecho al honor o a la intimidad de las personas grabadas, algo contrario a la ley.
Si la llevas instalada, puedes usarla en momentos muy puntuales para tener un recuerdo de tus vacaciones, por ejemplo, igual que harías con una cámara de mano. Pero otra cosa muy distinta es estar recogiendo datos de la gente sin su consentimiento.
Os dejo el tuit de la DGT que nos puede aclarar algo más.
El material grabado fuera de nuestro ámbito privado, este deberá respetar la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal